Bien común y política en la concepción filosófica de Santo Tomás
Bien común y política en la concepción
filosófica de Santo Tomás de Aquino
I
Santo Tomás, lo mismo que los antiguos escolásticos, llamaba "sujeto"
de una ciencia a lo que hoy denominamos "objeto", vale decir,
aquello que la ciencia trata o considera. Un ejemplo lo tenemos en la
Filosofía Moral: "el sujeto de la Filosofía Moral —dice— es la operación
humana ordenada al fin, o también, el hombre en cuanto obra
voluntariamente por razón de un fin". En cambio, denominaba "objeto",
al conjunto de las conclusiones que se atribuyen al sujeto de la
ciencia, esto es, la consideración de los efectos de la causa necesaria y
universal sobre la cual versa la ciencia, los cuales ponen de manifiesto
a esta causa: causae notificantur per proprios effectus, id est, per
posteriora.
Sin embargo, Sto. Tomás ha tratado también del "objeto" de la
ciencia en el sentido de "objeto formal". No es extraña, por cierto,
a él la distinción entre "objeto material" y "objeto formal" de un
hábito, de una facultad, de una ciencia. El "objeto" (formal) es "aquéllo
bajo cuya razón son referidas todas las cosas a la potencia o al
hábito". El objeto material, o "sujeto" simplemente, aquello que se
conoce o alcanza con la ciencia o la facultad. En otros términos, y en
el caso especial de la ciencia, mientras que el "objeto material" es lo
que se halla frente a la consideración, aquello sobre lo cual ha de
tenerse la ciencia, el "objeto formal" es lo que hace pasar de la potencia al acto de la facultad cognoscitiva intelectual de quien conoce
aquél, lo que primeramente y por sí (per se primo), se capta en el
"objeto material", lo que desempeña el papel de "camino" o "vía"
para llegar a él.
Esta distinción entre objetos material y formal, tiene una fundamentación metafísica, pues se comprende que sea preciso considerar por una parte el ser de una cosa en sí mismo, y por otra, ese mismo ser en cuanto conocido, esto es, bajo la razón de conocible, la cual no acompaña necesariamente al ser en sí, ya que sólo comporta un orden a la inteligencia que conoce.
Pero considerado el objeto en cuanto conocido, nace la necesidad de atender a la vía por la cual resulta conocido por la inteligencia, al camino mediante el cual llega al acto de conocer "tal cosa": vale decir, es preciso atender al "objeto formal". Mas no debe detenerse aquí el análisis, puesto que suponiendo un objeto de ciencia como conocido, tal ciencia puede considerarse: o bien en su "término", es decir en cuanto es "sobre tal objeto"; o bien, en la inteligencia misma que conoce. De aquí la distinción que los tomistas hacen del objeto formal en "objeto formal que" o "razón formal que" (objectum fórmale quod, ratio formolis quae), y "objeto formal por el que" o "razón formal bajo la cual" (objectum. fórmale que, ratio formalis sub qua). Como se ve, ambos son formales, pero mientras el primero se refiere sólo al objeto mismo y es aquello que primeramente y por sí se alcanza en él, desempeñando el papel de causa propia para demostrar los predicados del objeto, a la manera del color en el caso de la visión; el segundo es aquella razón que actúa a las demás y las contiene en sí para que la inteligencia las alcance: es el papel que la luz desempeña en la visión, pues actúa y forma el color y es la última formalidad por la que se hace visible el objeto y bajo la cual las demás razones se ordenan a la vista, así como también actúa a la mencionada facultad sensible para que vea. De aquí que el objeto formal "por el cual", se llama también "luz bajo la cual" (lumen sub quo) se contempla la razón formal que es lo que la pone de manifiesto y permite "saberla", esto es, conocerla en ciencia. El objeto formal en el sujeto de la ciencia es "sabible", si se nos permite el vocablo a la luz que sobre él arrojan "los principios" que lo actúan, y lo contienen en orden a la ciencia misma. Estos principios son, además, los que hacen pasar a esta última, de la potencia al acto.
Esta distinción entre objetos material y formal, tiene una fundamentación metafísica, pues se comprende que sea preciso considerar por una parte el ser de una cosa en sí mismo, y por otra, ese mismo ser en cuanto conocido, esto es, bajo la razón de conocible, la cual no acompaña necesariamente al ser en sí, ya que sólo comporta un orden a la inteligencia que conoce.
Pero considerado el objeto en cuanto conocido, nace la necesidad de atender a la vía por la cual resulta conocido por la inteligencia, al camino mediante el cual llega al acto de conocer "tal cosa": vale decir, es preciso atender al "objeto formal". Mas no debe detenerse aquí el análisis, puesto que suponiendo un objeto de ciencia como conocido, tal ciencia puede considerarse: o bien en su "término", es decir en cuanto es "sobre tal objeto"; o bien, en la inteligencia misma que conoce. De aquí la distinción que los tomistas hacen del objeto formal en "objeto formal que" o "razón formal que" (objectum fórmale quod, ratio formolis quae), y "objeto formal por el que" o "razón formal bajo la cual" (objectum. fórmale que, ratio formalis sub qua). Como se ve, ambos son formales, pero mientras el primero se refiere sólo al objeto mismo y es aquello que primeramente y por sí se alcanza en él, desempeñando el papel de causa propia para demostrar los predicados del objeto, a la manera del color en el caso de la visión; el segundo es aquella razón que actúa a las demás y las contiene en sí para que la inteligencia las alcance: es el papel que la luz desempeña en la visión, pues actúa y forma el color y es la última formalidad por la que se hace visible el objeto y bajo la cual las demás razones se ordenan a la vista, así como también actúa a la mencionada facultad sensible para que vea. De aquí que el objeto formal "por el cual", se llama también "luz bajo la cual" (lumen sub quo) se contempla la razón formal que es lo que la pone de manifiesto y permite "saberla", esto es, conocerla en ciencia. El objeto formal en el sujeto de la ciencia es "sabible", si se nos permite el vocablo a la luz que sobre él arrojan "los principios" que lo actúan, y lo contienen en orden a la ciencia misma. Estos principios son, además, los que hacen pasar a esta última, de la potencia al acto.
II
Apliquemos todo esto para descubrir el campo propio de la Ciencia
Política en orden al papel que en ella desempeña el Bien Común.
Pero antes será necesario recordar dos doctrinas bien firmes en la
Filosofía tomista: a) A la Ciencia Política pertenece la consideración,
como objeto propio, del "fin óptimo en las cosas humanas", esto es,
del fin de la vida del hombre; b) El carácter "principalísimo" de la
Ciencia Política en la Filosofía Moral.
Después de haber señalado el carácter teleológico de la Filosofía
Moral, y probado la existencia de "un fin óptimo" en las cosas humanas,
el Aquinatense establece la primera doctrina: "El fin óptimo pertenece
a la ciencia principalísima, y a la más arquitectónica. Eso resulta
evidente por lo que se acaba de decir arriba, pues se ha expresado
que en la ciencia o en el arte que versa sobre el fin, se contienen aquéllas
que versan sobre las cosas ordenadas al fin. Y así, es necesario que
el último fin, pertenezca a la ciencia principalísima, como ciencia que
versa sobre el fin primera y principalísimo, y a la más arquitectónica,
como ciencia que prescribe a las demás lo que sea necesario hacer.
Mas la ciencia civil parece ser tal, esto es, principalísima y la más arquitectónica.
Por lo tanto, a ella atañe el considerar el óptimo fin".
Y a continuación prueba que la Ciencia Política, o Civil, como la
denomina, es la más arquitectónica porque se le atribuye todo lo que
pertenece a este tipo de ciencia, vale decir, el preceptuar a las que le
están sometidas o "subalternadas", lo que deben obrar, y asimismo, el
usar de ellas para su propio fin^; concluyendo de este modo: "Como
la Política usa de las demás disciplinas prácticas, según se ha dicho
arriba, y como ella establece la ley de lo que es preciso obrar y de
qué cosas abstenerse, como se expresó al principio, se sigue que el fin
de aquélla, al modo de una ciencia arquitectónica, abraza, vale decir,
contiene subalternados los fines de las otras ciencias prácticas. Por donde concluye (Aristóteles) que el fin de la Política es el bien humano,
esto es, el mejor en las cosas humanas".
En cuanto al carácter principalísimo de la Ciencia Política, nace de la naturaleza de su propio fin: "En efecto —dice— es cosa manifiesta que cada causa es tanto más principal y mejor cuanto se extiende a más cosas. De aquí que también el bien, que tiene razón de causa final, es tanto más excelente cuanto a más cosas se extiende. Y por eso, si el mismo bien lo es para un solo hombre y para toda una ciudad, parece de mayor monta y más perfecto el emprender, esto es, procurar y salvar aquello que es el bien de la entera ciudad, que lo que constituye el bien de un solo hombre. Atañe, ciertamente, al amor que debe haber entre los hombres, que el ser humano conserve el bien asimismo para uno solo de ellos. Pero es mucho mejor y más divino que tal cosa se preste a toda la nación y a las ciudades; o en fin, es sin duda amable que esta se ofrezca a una sola ciudad, pero mucho más divino es que se preste a toda la nación, en la que se contienen muchas ciudades. Y se dice que esto "es más divino", en razón de que pertenece más a la semejanza de Dios, que es la última causa de todos los bienes. Mas este bien, común a una o varias ciudades, es estudiado por un método, vale decir, por cierto medio (ars) que se denomina civil. De aquí resulta que al mismo atañe principalmente considerar el fin último de la vida humana, como a la ciencia principalísima. "Mas ha de saberse que dice que la Política es principalísima, no en absoluto, sino en el género de las ciencias activas, las que versan sobre las cosas humanas, cuyo último fin considera la Política; pues el fin último de todo el universo considéralo la ciencia divina, que es principalísima respecto de todas. Mas dice que a la Política atañe la consideración del fin último de la vida humana, del cual trata en este libro, porque la doctrina de él, contiene los primeros elementos de la Ciencia Política"^.
III Despréndese de aquí, y de muchos otros textos similares (v. gr.: I Pol. lect. 1, N' 2, etc.), que el fin de la Política es el "Bien Común". Pero ¿qué es para Sto. Tomás el Bien Común? Establezcámoslo brevemente. Nos referimos al Bien Común "político", esto es, al que es el propio de la comunidad política. Decimos: que este Bien consiste en el orden que nace del fin último de la vida humana, la felicidad, o sencillamente en la felicidad de la vida humana, fin último de la misma, ya que dada esa felicidad, el orden nace necesariamente de ella. En otros términos, atento el desarrollo de la Ética tomista: el orden que luce en la comunidad como resultado de la instauración en la multitud, de la vida virtuosa, y la preeminencia de la vida contemplativa.
Para demostrar esta afirmación recordaremos, entre otras cosas que omitimos en obsequio a la brevedad: a) En el art. 2 de la Q. 90 habla de que toda ley se ordena siempre al Bien Común y dice: "Como acabamos de decir, la ley pertenece a lo que es principio de los actos humanos (la razón), porque es regla y medida. Mas como la razón es principio de los actos humanos, así también en la misma razón existe algo que es principio respecto de todo lo demás; de aquí que es necesario que a esto pertenezca la ley principal y máximamente. Pero el primer principio en el obrar, sobre el cual versa la razón práctica, es el fin último. Mas el último fin de la vida humana es la felicidad o beatitud, como se ha demostrado más arriba. De donde resulta necesario que la ley mire principalmente al orden que se halla en la beatitud. Asimismo: como toda parte se ordena al todo, como lo imperfecto a lo perfecto (y un hombre es parte de la comunidad perfecta), es necesario que la ley mire propiamente el orden a la felicidad común. De aquí que también el Filósofo, habiendo puesto con anterioridad la definición de lo legal, hace mención de la felicidad y de la comunión política, pues dice, en efecto, que "las cosas justas legales las llamamos hacedoras y conservadoras de la felicidad y de las particulares de la misma, en la sociedad política". Es que la ciudad es comunidad perfecta, como dice Aristóteles. Mas en cualquier género, lo que se dice principal (máxime), es el principio de lo demás, y lo demás se dice según el orden al mismo... De donde es necesario que como la ley se diga principalmente por su orden al bien común, cualquier otro precepto sobre una obra particular no tenga razón de ley sino por su orden al bien común. Y por eso toda ley se ordena al bien común". b) En el mismo artículo, ad 3m., dice: "Así como nada consta con firmeza por la razón especulativa, sino mediante su resolución a los primeros principios indemostrables, así también, nada consta firmemente, por la razón práctica, sino por su ordenación al último fin, que es el bien común. Mas lo que consta por este modo por la razón, posee razón de ley", c) Nada de extraño tiene este modo de hablar si se recuerda lo que Sto. Tomás dice sobre la Ciencia Política y su dignidad: "la Ciencia Política considera la ordenación de los hombres", ordenación que no puede realizarse sino tomando como principio ordenador el fin último de la vida humana, el que es el trasunto de la naturaleza del hombre; "a la Ciencia Política, como a la principalísima, pertenece considerar el fin último de la vida humana"; "a la Política atañe la consideración del último fin de la vida humana, del que, sin embargo, trata (Aristóteles) en este libro (la Etica a Nicomaco), porque la doctrina del mismo contiene los primeros elementos de la Ciencia Política"; "el mejor de los bienes humanos, vale decir, la felicidad, es el fin de la Política, cuyo fin manifiestamente es la operación según la virtud, porque la Política presta a ello un señalado cuidado estatuyendo leyes y premios, y aplicando penas, para hacer buenos a los ciudadanos y obradores del bien. Lo cual es obrar según la virtud".
En cuanto al carácter principalísimo de la Ciencia Política, nace de la naturaleza de su propio fin: "En efecto —dice— es cosa manifiesta que cada causa es tanto más principal y mejor cuanto se extiende a más cosas. De aquí que también el bien, que tiene razón de causa final, es tanto más excelente cuanto a más cosas se extiende. Y por eso, si el mismo bien lo es para un solo hombre y para toda una ciudad, parece de mayor monta y más perfecto el emprender, esto es, procurar y salvar aquello que es el bien de la entera ciudad, que lo que constituye el bien de un solo hombre. Atañe, ciertamente, al amor que debe haber entre los hombres, que el ser humano conserve el bien asimismo para uno solo de ellos. Pero es mucho mejor y más divino que tal cosa se preste a toda la nación y a las ciudades; o en fin, es sin duda amable que esta se ofrezca a una sola ciudad, pero mucho más divino es que se preste a toda la nación, en la que se contienen muchas ciudades. Y se dice que esto "es más divino", en razón de que pertenece más a la semejanza de Dios, que es la última causa de todos los bienes. Mas este bien, común a una o varias ciudades, es estudiado por un método, vale decir, por cierto medio (ars) que se denomina civil. De aquí resulta que al mismo atañe principalmente considerar el fin último de la vida humana, como a la ciencia principalísima. "Mas ha de saberse que dice que la Política es principalísima, no en absoluto, sino en el género de las ciencias activas, las que versan sobre las cosas humanas, cuyo último fin considera la Política; pues el fin último de todo el universo considéralo la ciencia divina, que es principalísima respecto de todas. Mas dice que a la Política atañe la consideración del fin último de la vida humana, del cual trata en este libro, porque la doctrina de él, contiene los primeros elementos de la Ciencia Política"^.
III Despréndese de aquí, y de muchos otros textos similares (v. gr.: I Pol. lect. 1, N' 2, etc.), que el fin de la Política es el "Bien Común". Pero ¿qué es para Sto. Tomás el Bien Común? Establezcámoslo brevemente. Nos referimos al Bien Común "político", esto es, al que es el propio de la comunidad política. Decimos: que este Bien consiste en el orden que nace del fin último de la vida humana, la felicidad, o sencillamente en la felicidad de la vida humana, fin último de la misma, ya que dada esa felicidad, el orden nace necesariamente de ella. En otros términos, atento el desarrollo de la Ética tomista: el orden que luce en la comunidad como resultado de la instauración en la multitud, de la vida virtuosa, y la preeminencia de la vida contemplativa.
Para demostrar esta afirmación recordaremos, entre otras cosas que omitimos en obsequio a la brevedad: a) En el art. 2 de la Q. 90 habla de que toda ley se ordena siempre al Bien Común y dice: "Como acabamos de decir, la ley pertenece a lo que es principio de los actos humanos (la razón), porque es regla y medida. Mas como la razón es principio de los actos humanos, así también en la misma razón existe algo que es principio respecto de todo lo demás; de aquí que es necesario que a esto pertenezca la ley principal y máximamente. Pero el primer principio en el obrar, sobre el cual versa la razón práctica, es el fin último. Mas el último fin de la vida humana es la felicidad o beatitud, como se ha demostrado más arriba. De donde resulta necesario que la ley mire principalmente al orden que se halla en la beatitud. Asimismo: como toda parte se ordena al todo, como lo imperfecto a lo perfecto (y un hombre es parte de la comunidad perfecta), es necesario que la ley mire propiamente el orden a la felicidad común. De aquí que también el Filósofo, habiendo puesto con anterioridad la definición de lo legal, hace mención de la felicidad y de la comunión política, pues dice, en efecto, que "las cosas justas legales las llamamos hacedoras y conservadoras de la felicidad y de las particulares de la misma, en la sociedad política". Es que la ciudad es comunidad perfecta, como dice Aristóteles. Mas en cualquier género, lo que se dice principal (máxime), es el principio de lo demás, y lo demás se dice según el orden al mismo... De donde es necesario que como la ley se diga principalmente por su orden al bien común, cualquier otro precepto sobre una obra particular no tenga razón de ley sino por su orden al bien común. Y por eso toda ley se ordena al bien común". b) En el mismo artículo, ad 3m., dice: "Así como nada consta con firmeza por la razón especulativa, sino mediante su resolución a los primeros principios indemostrables, así también, nada consta firmemente, por la razón práctica, sino por su ordenación al último fin, que es el bien común. Mas lo que consta por este modo por la razón, posee razón de ley", c) Nada de extraño tiene este modo de hablar si se recuerda lo que Sto. Tomás dice sobre la Ciencia Política y su dignidad: "la Ciencia Política considera la ordenación de los hombres", ordenación que no puede realizarse sino tomando como principio ordenador el fin último de la vida humana, el que es el trasunto de la naturaleza del hombre; "a la Ciencia Política, como a la principalísima, pertenece considerar el fin último de la vida humana"; "a la Política atañe la consideración del último fin de la vida humana, del que, sin embargo, trata (Aristóteles) en este libro (la Etica a Nicomaco), porque la doctrina del mismo contiene los primeros elementos de la Ciencia Política"; "el mejor de los bienes humanos, vale decir, la felicidad, es el fin de la Política, cuyo fin manifiestamente es la operación según la virtud, porque la Política presta a ello un señalado cuidado estatuyendo leyes y premios, y aplicando penas, para hacer buenos a los ciudadanos y obradores del bien. Lo cual es obrar según la virtud".
Si el fin de toda ley, decimos, es siempre el Bien Común
(supra), y la ley tiende principalmente a instaurar la vida virtuosa
de los ciudadanos, se sigue que ésta es el Bien Común, y que éste es
el fin último de la vida humana, porque "la felicidad es la operación
propia del hombre según la virtud en la vida perfecta .
d) La Ciencia Política tiene por sujeto, como veremos en seguida,
a las acciones de la comunidad política; mas toda acción se realiza en
virtud de un bien o fin, y así, las acciones de la comunidad son siempre
ejecutadas por un bien. Pero la Ciencia Política es ciencia práctica
y por ello, para ser tal, ha de instituir su objeto, realizarlo, el cual
no puede ser otro que el bien a que tiende ese objeto, la comunidad.
Ahora bien: la comunidad, dice Sto. Tomás, "siembra o produce el
principalísimo bien entre todos los bienes humanos, ya que tiende al Bien Común, que es mejor y más divino que el bien de uno solo como
se dice en el principio de la Ética . Pero el fin de la Política, dice
en los lugares transcriptos más arriba, es el fin último de la vida
Humana. Luego, el Bien común consiste en el fin último de la vida
humana o felicidad o beatitud.
e) Los Comentarios a la Política confirman esta misma doctrina:
Toda la comunicación o trato políticos, vale decir, toda la comunidad
política se ordena al fin de la vida humana (II Pol. lect. 1, n' 115).
"El orden de la virtud" es el fin de toda ley (Ib. lect, 13, n ' 179), y
ya sabemos que el fin de toda ley es el Bien Común. "La vida buena
es el primordial fin de la ciudad o república, desarrollada esa vida
en el vivir común en lo que atañe a todos, y también en lo particular
por lo que hace referencia a cada cual (Ib. lect. 5, n' 248). Las
repúblicas cuyos gobernantes procuran la común utilidad son rectas
según la absoluta justicia, mientras que aquellas en que se atiende
a la sola utilidad de los gobernantes, son viciosas y corrompidas, ya
que en ellas no existe lo justo absoluto, sino lo justo relativo, es decir,
no se busca el bien de naturaleza del hombre que es la virtud, sino
algún otro bien secundario, como las riquezas o la libertad (Ib. lect.
5, n ' 251). La ciudad, o sea la comunidad política, ha sido instituida
con el fin de alcanzar la "vida misma dichosa" (Ib. lect. 17, n ' 265),
concepto que repite en el n' 273 (Ib. lect 17), en estas terminantes
palabras: "El fin de la ciudad, por razón del cual fue ésta instituida,
es la vida buena misma. La ciudad y las cosas que a ella se ordenan,
son por razón del fin de la ciudad. En efecto, la ciudad es la participación
en la vida buena, compuesta con las diversas gentes, y a causa
de una vida perfecta y por sí suficiente. Y esto es vivir felizmente;
mas vivir bien o felizmente en las cosas políticas, es obrar según la
óptima virtud en el orden práctico. Y por esta razón es evidente que
la participación política (commuíiicatio política), consiste en la participación
de las buenas acciones, y consiste en el vivir mismo absolutamente.
Por lo tanto, es manifiesto que el fin por el cual ha sido instituida
la ciudad bien ordenada, es el vivir u obrar según la virtud perfecta,
y no la vida común misma".
La razón profunda de este modo de concebir el Bien Común, el
único legítimo de hacerlo, es que la causa formal, como dice Santo Tomás, de la comunidad política es "la comunión en la vida buena" \
Y se comprende que así sea, pues la comunidad es una congregación
humana, un reunirse los hombres para algo esencial; mas como la
comunidad es natural al hombre (I Pol. lect. 1, n' 18), es evidente
que esa congregación, que es según todo lo que el hombre tiene y
posee (I-IIae., q. 96, a. 4), ha de ser según lo más natural en el hombre,
vale decir, según su inteligencia y el bien de ésta: la virtud. Pero
como la comunidad, porque es un ser compuesto, es múltiple, en la
multiplicidad de hombres y familias, la razón según la cual se congregan
ha de ser común, y de especie diferente y superior a lo propio particular,
y preeminente, y universal y superabundante. Mas la razón
de los actos humanos es siempre un bien; por lo tanto la razón de
la congregación humana es un bien común, que por serlo, es mejor y
superior a todo lo singular, preeminente, universal y superabundante.
Luego, el Bien Común consiste en el orden que resulta de la vida
virtuosa de la multitud.
Por último, considerado lo que hemos dicho, y todo lo que envuelve
en su terminología "el orden de la felicidad", no extrañará que
Sto. Tomás diga en I-IIae., q. 96, a. 1, que "el bien común consta de
muchas cosas". Y de allí también los nombres que recibe en la terminología
tomista, nombre derivado de su misma esencia y atributos:
"utilidad común" (atendiendo a los medios eficaces al fin mismo);
"salvación común de los hombres"^; "bien público"^; "orden que
nace de la felicidad humana"; "felicidad" y "beatitud"''; "fin último
de la vida humana"; "vida virtuosa"^; "bien que conviene en
común". Son las distintas facetas de un mismo bien, el más excelente
de las cosas humanas, el más divino, que por ser tal ha de ser explicitado
en el lenguaje humano con diversos y vinculados nombres.
IV
¿Cuál es, entonces, el ámbito de la Ciencia Política, y qué papel
desempeña en ella el Bien Común? Después de lo que llevamos dicho
no es difícil establecer que para Santo Tomás:
1. El "sujeto" u objeto material de la Ciencia Política son las
acciones u operaciones de la muchedumbre civil. El "sujeto" es, como
dijimos, aquello sobre lo cual ha de tenerse la ciencia. Santo Tomás
nos dice que la Política "considera las operaciones de la multitud
civil" , esto es, las acciones del todo dotado de unidad de orden de
que el hombre es parte como miembro de una comunidad política a
la que llama de aquel modo. Estamos, pues, dentro del orden del
"obrar humano", en otros términos, dentro de la Filosofía Moral. Y
nótese bien que lo que para Santo Tomás constituye el objeto material
de la Ciencia Política o sea su campo o plano propio, son "las acciones
u operaciones" de la muchedumbre civil, y no nada abstracto o despojado
de su calidad política (referencia al fin), en el fondo profundamente
humana, como vimos. Con ello, la Política tomista se
construye como engarzada en la realidad y experiencia, huyendo de
modo especial de todo lo abstracto e irreal, y apoyándose constantemente
en la experiencia y en el fin (principio en el orden del obrar),
no sólo para considerar cualquier problema político, sino para establecer
los principios mismos de la Ciencia. Esto no es sino consecuencia
del carácter "realista" de toda la Filosofía Moral tomista, fundada
en la consideración concreta del acto humano en su aspecto formal
de ordenación a un fin, de donde luego se extraen los grandes principios
que lo rigen. Por esta razón, para Santo Tomás, interpretado
según sus propias palabras y doctrinas, la Política no puede basarse
sobre conceptos puramente metafísicos, con el de "persona humana",
ex. c.
2. El "objeto formal que" de la Ciencia Política consiste en la
"politicidad" de las acciones de la comunidad política, o sea su conformidad
o disconformidad con la regla primera de toda comunidad:
el Bien o Fin Común, obra propia de la sociedad política. Empleamos
el término "politicidad" para dar al que expresa el objeto formal de la Política paralelismo con el de la Filosofía Moral, constituido por la
"moralidad" de las acciones, vale decir, su conformidad o disconformidad
con la regla de las costumbres y según la cual se juzga buena
o mala una acción. En efecto: el fin tiene razón de principio en las
ciencias prácticas, por lo que a la Política no puede escapar la consideración
del fin último de la vida humana. Más aún: lo que interesa
primeramente y por sí a una ciencia práctica en su objeto material,
debe ser el orden al fin, porque "siempre la razón de las cosas que
están ordenadas a un fin, ha de ser tomada del fin mismo"
La "politicidad"
es lo que hace que las acciones de la comunidad sean buenas
o malas desde el punto de vista del fin de la Política: el Bien Común
o Político.
Como puede apreciarse, el objeto formal de la Política se desprende
así inmediatamente de su índole de ciencia moral, de obrar humano,
en que, como nos enseña el Aquinatense, la razón al "considerar"
ha de realizar el orden en las acciones de la voluntad. La Política no
es ciencia especulativa.
3. El "objeto formal por el cual" de la Ciencia Política consiste
en el "primer principio" del orden político, a saber, el Bien Común,
en tanto tal principio, y en general, los primeros principios de la razón
práctica, que se actúan, contienen y sujetan a sí, por aquél. En
efecto, el "principio" del Bien Común torna conocibles en tanto políticas
a las acciones de la comunidad, es lo que las proporciona y ajusta
a la Ciencia "Política", lo que hace que todas las propiedades de
aquellas acciones se ordenen a esta última, así como es lo que da ser
a la misma en cuanto tal Ciencia Política. Es lo que exige el carácter
"moral" de la Política. La mera consideración de las operaciones de
la comunidad política, tal cual acaecen en la realidad, sean "políticas"
o bien 'impolíticas", esto es, enderezadas o no a conseguir el fin propio
de la Política, sólo puede entrar en la Ciencia si se mira a esa
consideración como un momento que fluye hacia la realización del
orden en las acciones voluntarias. No está demás repetir el pasaje ya
citado de Santo Tomás (I Eth., lect. 2 n' 23) : semper ratio eorum
quae sunt ad finem, sumenda est ab ipso fine.
El Bien Común como primer principio del orden político es, entonces,
la luz mediante la cual la inteligencia o la Ciencia Política
"sabe" su objeto, esto es, lo conoce por modo ilativo, por consideración.
La "politicidad" permite formar la Ciencia Política a la luz de
este principio. Una acción de la comunidad puede ser "política" en
razón de su origen, en otros términos en virtud de "ser de" la comunidad.
Pero la luz que permite "ver" a la Ciencia Política, para constituirse
en tal, es el mencionado principio. De otro modo, la Política
dejaría de ser una ciencia moral, una ciencia práctica o teleológica,
para transformarse incomprensible e irrealmente en una ciencia puramente
especulativa o física, donde "lo que sucede" (no lo "que es",
que es cosa distinta), se tornaría en objeto de tal ciencia. Y decimos
incomprensible e irrealmente, porque en lo político, como en todo lo
moral, no hay modo de librarse de alguna finalidad que entre en el
campo de la voluntad. Tan es así que los sistemas políticos que atienden
sólo a "lo que sucede", inmediatamente transforman a esto en
el fin de la comunidad política.
El Bien Común "primer principio" es la razón, modelo, ejemplar
(donde se unen naturaleza humana e Historia) de la atribución a
cada hombre de su lugar propio dentro del orden de la sociedad política.
Es la consecuencia directa de ser ésta una "unidad de orden",
y el Bien Común (intrínseco), el "orden" que luce en la felicidad
humana.