3) Ética y política. Tomás de Aquino

Tomás de Aquino acepta del aristotelismo que la felicidad es el fin úl­timo del hombre, y que el conocimiento de la naturaleza humana per­mite especificar un conjunto de normas morales que constituyen la ley natural. Aquino, pues, se vuelve a un análisis de la naturaleza humana. Aristóteles interpreta la naturaleza humana como fuente de nor­mas morales. Se pregunta cuál es el fin a cuyo cumplimiento está orientado el ser humano, dónde se hallan el perfeccionamiento y la plenitud humanas. Este planteamiento da lugar, en Aristóteles,  a una ética de los fines, a una ética basada en la perfección o cumplimiento de las exigencias de la naturaleza humana. Tomás de Aquino, siguiendo a Aristóteles, se adhiere a esta concepción finalista, teleológica, de la naturaleza. El fin último del hombre en la tierra es la felicidad, que consiste en la actividad contemplativa. Pero si consideramos nuestra inmortalidad, la felicidad última consiste en la contemplación de Dios. 

Existencia de la ley natural. 

De acuerdo con la teleología aristotélica, Aquino afirma que el ser hu­mano, al igual que cualquier otro ser natural, posee ciertas tendencias enraizadas en su naturaleza (ser). El término «tendencia» significa aquí: línea de conducta orientada a un fin específico. La naturaleza humana posee, pues, ciertas tendencias. 

Esto es algo que el ser humano tiene en común con el resto de los seres naturales, ya que la existencia de fines es un rasgo específico de la naturaleza como tal, y no ex­clusivamente de la naturaleza humana. 

Ahora bien, el hombre se distingue de los otros seres naturales por su racionalidad, porque solo él es capaz de conocer sus propias tendencias y, por tanto, solo él puede deducir ciertas normas de conducta encaminadas a darles el cumplimiento adecuado. De este modo se demuestra, a juicio de Aquino, la existencia de la ley natural: como ser racional que es, el hombre puede formular ciertas normas de conducta de acuerdo con las exigencias de su propia naturaleza. La ley natural es el criterio con el que podemos distinguir entre acciones moralmente buenas y malas. 

Contenido de la ley natural. 

El contenido de la ley natural se deduce, por tanto, del repertorio de las tendencias naturales del ser humano, que Aquino clasifica en tres órdenes: 

1) En tanto que sustancia (y, por tanto, al igual que cualquier otra), el ser humano tiende a conservar su propia existencia. El cumplimien­to de esta tendencia impone el deber moral de procurar la conserva­ción de la existencia. 

2) En tanto que animal (y, por consiguiente, al igual que el resto de los animales), el ser humano tiende a procrear. De esta tendencia cabe deducir ciertas normas de conducta relativas a la consecución del fin de la procreación y del cuidado de los hijos. 

3) En tanto que ser racional, el hombre tiende a conocer la verdad y a vivir en sociedad. La sociedad implica la ordenación racional de la convivencia con vistas a la consecución de ciertos fines y, por tanto, es al­go específicamente humano, que no puede confundirse ni identificarse con la manada o el rebaño. De estas tendencias surgen las obligaciones morales de buscar la verdad y respetar las exigencias de la justicia. 

Propiedades de la ley natural. 

Dado que la ley moral natural se deduce de las tendencias de la natura­leza misma, su contenido es evidente, universal, inmutable y no se puede borrar del corazón humano. Estas y otras propiedades de la ley natural son tratadas por Santo Tomás en 6 artículos de la Suma teológica. Podemos resumir las preguntas que formula en cada artículo y su contestación: 

Artículo 1º ¿Qué es la ley natural? La ley natural no es un hábito, porque la poseemos de forma permanente aunque no la usemos. Por tanto, es algo distinto e intermedio, a veces está en acto en la razón, a veces está en la razón sólo de forma habitual, pero siempre está presente, aunque no se esté usando. 

Artículo 2º ¿Cuáles son sus preceptos? ¿Estos preceptos son uno o muchos? Los preceptos son muchos pero se deducen de un único primer precepto: “El bien ha de buscarse, el mal evitarse”. Y este precepto en que consiste la ley natural es evidente. La ley natural debe ser evidente porque es la norma ob­jetiva orientadora de la conducta para todos los seres humanos y sus preceptos han de ser fácilmente cognoscibles, de modo que todos los hombres puedan conocerlos. 

Artículo 3º Los actos de las virtudes ¿pertenecen todos a la ley natural? No, no todas las virtudes son por ley natural. Hay actos virtuosos que el hombre realiza para conseguir algún fin y no por seguir su inclinación natural (por ejemplo, la dieta de un atleta es un acto bueno para el fin que persigue, pero no es una obligación para todos los hombres). 

Artículo 4º La ley natural ¿es la misma para todos? Sí, es universal. 

Artículo 5º La ley natural ¿puede cambiar? No, es inmutable. 

Artículo 6º La ley natural ¿puede ser abolida del corazón humano? No, no puede ser abolida o borrada. 

En conclusión, la ley natural es un precepto ético siempre presente en la razón, evidente, común a todos los hombres, inmutable e indeleble. Estas propiedades vienen dadas por el concepto de naturaleza, entendida como lo común a todos los seres humanos a pesar de sus diversidades culturales, raciales, etc., y co­mo lo que permanece constante a través de los cambios históricos, económicos, etc., a los que se halla sometido el ser humano. 

En su formulación tomista, la teoría de la ley natural ha constituido y si­gue constituyendo el eje fundamental de la doctrina moral católica. 

Ley natural y ley positiva. 

Tomás de Aquino formula las relaciones entre la ley natural y la ley positi­va (las relaciones entre physis y nomos) de un modo sistemático y preciso: 1) En primer lugar, la ley positiva es una exigencia de la ley natural. En efecto, la ley natural impone la vida en sociedad y esta solo es posi­ble sobre la base de unas normas legales que regulen la convivencia. La ley positiva no es, pues, el mero resultado de una imposición capricho­sa por parte de los más fuertes o de un arbitrario convenio entre iguales, sino algo exigido por la naturaleza del hombre en cuanto ser social. 2) En segundo lugar, la ley positiva constituye una prolongación de la ley natural. Su contenido viene a concretar las normas naturales que, da­das sus características, no descienden a una ordenación detallada de la convivencia humana. 3) Por último, las exigencias de la ley natural han de ser respetadas por la legislación positiva. La ley natural constituye, pues, la norma o marco que señala los límites dentro de los cuales ha de organizarse moral­mente la convivencia humana. 

Esta forma de interpretar las relaciones entre la ley natural y la ley positiva pone de manifiesto que Tomás de Aquino no concibe el mundo del dere­cho y el mundo de la moral como dos reinos desconectados e indepen­dientes. El derecho se halla incardinado en la moral y el punto de incardinación no es otro que la idea de justicia. 

En efecto, la justicia, como exigencia de dar a cada uno lo suyo, es una exigencia moral y es también el fundamento del derecho. 

La ley natural y el orden del universo. 

La ley natural, en cuanto principio ordenador de la conducta humana, no es algo desconectado del orden general del universo en que el hombre se halla inserto. La totalidad del universo está sometida a una ordenación que Tomás de Aquino, de acuerdo con la doctrina cristiana de la creación, hace depender de Dios como causa creadora del universo. Esta ordena­ción divina del universo recibe el nombre de ley eterna (concepto que se halla en San Agustín). La ley eterna es definida por Aquino como «la razón de la sabiduría divi­na en tanto que rectora de todos los actos y movimientos». Ahora bien, esta ordenación general del universo no regula del mismo modo el comportamiento humano y el de los otros seres naturales. El compor­tamiento de estos es regulado a través de leyes físicas a cuyo cumpli­miento no pueden sustraerse, ya que carecen de libertad. El hombre, por el contrario, es un ser libre, por lo que su conducta no es ordena­da por leyes físicas, sino por una ley moral que respeta su libertad. Se­gún Aquino, la ley natural es aquella parte de la ley eterna que se refiere específicamente a la conducta humana. El hombre participa de la ley eterna a través de la razón. Así pues, la ordenación del mundo constituye la ley eterna o divina. La participación del hombre en esa ley constituye la ley natural (así llamada porque está inscrita en la naturaleza humana). El hombre accede a dicha ley mediante la razón. 

Ley natural y política. 

El hombre es para Santo Tomás, como para Aristóteles, un animal social por naturaleza. Una organización social y una autoridad es una necesidad natural de los seres humanos. El Estado es una institución basada pues en la naturaleza del hombre. Su objetivo es una vida justa y el bienestar común. Dios es el origen del poder para Santo Tomás, pero su organización es cosa de los hombres. Para Santo Tomás el fin último de la existencia humana es la visión de Dios en la otra vida. Por eso subordina el Estado a la Iglesia, porque es la Iglesia la que dirige al hombre a ése fin último. El Estado tiene una independencia relativa para realizar su tarea, que es realizar el bien común, pero finalmente depende de la Iglesia, ya que sólo ella se ocupa del bien completo del hombre (su salvación espiritual y no sólo su felicidad en la tierra).

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